Centro médico brimed salud

Derechos y Deberes de los Pacientes

En Brimed Salud creemos que una buena atención comienza con el respeto, la información clara y el reconocimiento de los derechos de cada persona.
La Ley N.º 20.584 establece los derechos y deberes de las personas en relación con las acciones vinculadas a su atención de salud, tanto en prestadores públicos como privados. Estos derechos se aplican también a las atenciones realizadas a distancia, conforme a la normativa vigente.
A continuación, te explicamos los principales derechos y deberes que debes conocer al atenderte en Brimed Salud.

Derechos de los Pacientes

Todos los pacientes que se atienden en nuestro centro tienen derecho a:

1. Recibir una atención segura y de calidad

Recibir atención conforme a la normativa vigente y a los protocolos establecidos en materia de seguridad del paciente y calidad asistencial, de acuerdo con las características de la prestación.

2. Recibir un trato digno y respetuoso

Ser tratada con respeto durante todo el proceso de atención, sin discriminación arbitraria, resguardando su intimidad, privacidad, pudor y honra.

3. Ser identificada correctamente

Ser llamada por su nombre y recibir un trato amable. Asimismo, tiene derecho a que los integrantes del equipo de salud cuenten con identificación visible que indique sus funciones y a conocer quién es responsable de su diagnóstico y tratamiento.

4. Recibir información clara y comprensible

Obtener información oportuna y comprensible sobre su estado de salud, diagnóstico, alternativas de tratamiento, riesgos, beneficios y evolución, en los términos establecidos por la normativa. También tiene derecho a formular preguntas y solicitar aclaraciones.

5. Conocer los costos de la atención

Recibir información sobre los valores de las prestaciones de salud, conforme a las disposiciones aplicables.

6. Aceptar o rechazar procedimientos y tratamientos

Otorgar o negar su consentimiento para procedimientos y tratamientos, de acuerdo con la ley, una vez recibida la información correspondiente. Este derecho contempla las excepciones legales aplicables y no impide las actuaciones que la normativa autoriza en situaciones específicas.

7. Resguardar su privacidad e imagen

No ser fotografiada ni grabada con fines de difusión sin su autorización, en los términos que establece la ley. La atención debe desarrollarse respetando su intimidad y dignidad.

8. Mantener la confidencialidad de su información

Que sus antecedentes clínicos y datos personales sean tratados de forma confidencial y que su información de salud no sea entregada a personas no relacionadas con su atención, salvo cuando exista una autorización o habilitación legal para hacerlo.

9. Acceder a la información de su ficha clínica

Solicitar acceso a la información de su ficha clínica y obtener copias de ella conforme a las condiciones, procedimientos y restricciones establecidos por la normativa vigente.

10. Recibir compañía y asistencia espiritual

Recibir visitas, compañía y asistencia espiritual o religiosa, dentro de las condiciones y limitaciones legalmente aplicables al establecimiento y a la atención.

11. Consultar o presentar reclamos

Realizar consultas, manifestar su disconformidad o presentar reclamos sobre la atención recibida. El prestador debe contar con mecanismos para recibirlos, tramitarlos y responderlos conforme a la normativa.

12. Decidir sobre su participación en investigaciones

Ser informada y otorgar su consentimiento cuando corresponda para participar en investigaciones científicas en el ámbito de la salud. La atención habitual no debe confundirse con la participación en una investigación.

13. Recibir información en formatos comprensibles

Contar, cuando corresponda, con señalización y facilitadores en lengua originaria, según lo establecido en la normativa, para favorecer la comprensión de la información relacionada con su atención.

14. Recibir atención con enfoque inclusivo

Ser atendida sin discriminación arbitraria y con respeto a su dignidad y necesidades particulares. Las personas mayores y las personas con discapacidad tienen derecho a las medidas de atención preferente y oportuna que establezca la normativa aplicable.

15. Recibir información y atención mediante telemedicina

Cuando la atención se realiza a distancia, la persona conserva los derechos que le corresponden en su atención de salud. Debe recibir información sobre la modalidad de atención, los medios tecnológicos que se utilizarán y las condiciones necesarias para comunicarse con el prestador. La atención digital debe ajustarse a la normativa vigente.

16. Recibir un informe de hospitalización

Cuando corresponda, recibir del médico tratante un informe legible sobre la atención recibida durante una hospitalización, en los términos establecidos por la ley.

📌 Si consideras que alguno de estos derechos ha sido vulnerado, puedes presentar un reclamo directamente en nuestro centro. En caso de no recibir respuesta dentro de 15 días hábiles, o si esta no resulta satisfactoria, también tienes la opción de acudir a la Superintendencia de Salud.

¿Qué hacer si consideras que tus derechos fueron vulnerados?

Puedes presentar un reclamo ante Brimed Salud por los canales habilitados para ello.

De acuerdo con la Ley N.º 20.584, si no recibes respuesta dentro de 15 días hábiles, o si la respuesta no resulta satisfactoria, puedes recurrir a la Superintendencia de Salud, siguiendo el procedimiento y los plazos establecidos por ese organismo.

Para presentar el reclamo ante la Superintendencia, debes haber reclamado previamente ante el prestador institucional. Revisa las instrucciones y plazos oficiales en el sitio de la Superintendencia de Salud.

Deberes de las personas en su atención de salud

Así como existen derechos, la normativa establece deberes que contribuyen a una atención respetuosa y segura.
Como paciente, debes:

1. Entregar información veraz y relevante

Proporcionar al equipo de salud información completa y veraz sobre tus antecedentes, síntomas, tratamientos y otros datos relevantes para tu atención, dentro de tus posibilidades.

2. Informarte sobre las normas del establecimiento

Conocer y respetar el reglamento interno y los procedimientos de atención, en cuanto sean aplicables y compatibles con tus derechos.

3. Cuidar las instalaciones y los recursos

Utilizar responsablemente las dependencias, equipos y materiales del centro de salud, evitando daños y haciendo un uso adecuado de ellos.

4. Tratar respetuosamente a otras personas

Mantener un trato respetuoso hacia el equipo de salud, otros pacientes, sus familiares y acompañantes, contribuyendo a un ambiente seguro y adecuado para todos.

5. Colaborar con tu atención

Entregar los antecedentes que se te soliciten y seguir las indicaciones clínicas que hayas comprendido y aceptado, planteando tus dudas cuando necesites aclaraciones.

6. Respetar las medidas de seguridad

Colaborar con las medidas razonables destinadas a proteger la seguridad de pacientes, acompañantes y trabajadores, de acuerdo con las indicaciones del establecimiento.

El cumplimiento de estos deberes no elimina ni limita los derechos que la ley reconoce a las personas en su atención de salud.

Atención inclusiva y derechos de las personas autistas

En Brimed Salud reconocemos la importancia de brindar una atención respetuosa e inclusiva a las personas con trastorno del espectro autista (TEA), de acuerdo con la Ley N.º 21.545 y demás normativa aplicable.

En el marco de la atención, promovemos:

  • Trato digno y respetuoso: reconocer la dignidad, autonomía y derechos de cada persona.

  • Comunicación comprensible: utilizar un lenguaje claro y adaptar la comunicación a las necesidades de la persona, dentro de las posibilidades de la atención.

  • Respeto por las particularidades individuales: considerar las necesidades de apoyo y las características de cada persona, evitando prejuicios y discriminación.

  • Participación en la atención: facilitar, en cuanto corresponda, la comprensión de la información y la participación de la persona en las decisiones relativas a su salud.

  • Resguardo de la privacidad: proteger la intimidad y la información personal y clínica de cada paciente.

Si necesitas alguna adaptación o apoyo para tu atención, puedes informarnos al momento de solicitar tu hora, para que podamos evaluar las medidas pertinentes.

Protección de tus datos personales y antecedentes clínicos

En Brimed Salud debemos resguardar la confidencialidad de la información personal y clínica de nuestros pacientes y tratarla conforme a la legislación vigente.

La información de salud tiene carácter sensible y su acceso, uso, almacenamiento y comunicación deben ajustarse a las normas aplicables. El uso de plataformas digitales o proveedores tecnológicos no elimina las responsabilidades que corresponden al prestador de salud.

Brimed Salud trabaja para mantener medidas organizativas y técnicas adecuadas para proteger esta información, de acuerdo con sus obligaciones legales.

Marco normativo de referencia: Ley N.º 20.584, sobre derechos y deberes en la atención de salud; Ley N.º 21.541, sobre atención mediante telemedicina; Ley N.º 21.545, sobre inclusión y protección de los derechos de las personas autistas; y Ley N.º 21.719, sobre protección y tratamiento de datos personales, conforme a su entrada en vigor y a las disposiciones aplicables.

“Para el cumplimiento de estos derechos en el entorno digital, el Centro utiliza plataformas de gestión clínica certificadas por el CENS. El Centro es el responsable legal de la custodia de su información, garantizando que el soporte tecnológico de terceros cumpla con los estándares de seguridad y confidencialidad exigidos por la normativa chilena.”

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